Todo sobre el leasing habitacional

30-05-2020 | Hay una forma de convertirse en propietario, pagándole arriendo al banco y luego comprando el inmueble. Cómo funciona este mecanismo de financiación.

Para comprar casa o apartamento ya no es necesario contar con la totalidad del dinero que vale la propiedad. Existe una opción diferente al crédito hipotecario, en la cual el cliente tiene la opción de tomar en arrendamiento financiero el inmueble y luego comprarlo al terminar el contrato: el leasing habitacional.

Felipe Noval Acevedo, director de Leasing en Asobancaria, aclara a continuación todo lo que hay que tener en cuenta para acceder a esta alternativa.

Cómo funciona

- En el leasing, cuando se adquiere la casa o el apartamento de un tercero, dicho inmueble no queda a nombre del cliente, sino de la entidad bancaria, es decir, el dueño es el banco que lo entrega en arrendamiento financiero a su cliente para su uso y goce. Con cada canon que paga el cliente está amortizando la deuda y al final del contrato, cuando paga la última cuota, la persona puede ejercer una opción de compra.

- El banco hace un estudio o avalúo del inmueble para verificar que cumpla con las condiciones para la negociación. Por

ley, puede financiar hasta el 100% del valor de la vivienda.

- La duración del contrato puede ser de 10, 15 o 20 años, lo cual determinará el monto de cada cuota o canon de arrendamiento.

- La cuota del canon mensual se puede pagar en pesos o en UVR. En este último caso los créditos tienen una tasa anual máxima, a la que se le suma la UVR vigente cada mes. Así, el saldo depende de los movimientos de la inflación. Es decir, el banco proyectará el valor que debe pagar dependiendo de dichos movimientos en los diferentes períodos. Si el crédito es en pesos, los bancos fijan una única tasa, que es más alta que la del UVR.

- El cliente decide qué porcentaje del valor total del inmueble quiere pagar al final por el ejercicio de la opción de compra, si el 1%, el 5% o el 10%, ya que se le tiene en cuenta todo el dinero que pagó durante el tiempo del contrato de arrendamiento financiero. Entre mayor sea el valor del canon mensual, menor será dicho porcentaje.

- Si al final del contrato el cliente desiste de quedarse con la vivienda, no hay ninguna penalidad o castigo. Existe la posibilidad de que ceda el inmueble a otra persona, siempre y cuando el banco lo apruebe.

- Ante una eventualidad, como fallecimiento del beneficiario, el seguro cubre la deuda.

- Este mecanismo de financiación aplica también para adquirir otro tipo de activos diferentes a vivienda VIS o no VIS, como bodegas, locales comerciales, oficinas, maquinaria, equipos y vehículos livianos, de carga y de transporte.

- Solo pueden acceder a esta modalidad los mayores de 18 años que tengan una actividad laboral estable y experiencia crediticia

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