¡Para que asegure su vivienda!

03-02-2018 | La reconstrucción total de las zonas comunes de un edificio, que pueden quedar destruidas por inundaciones o terremotos, es posible gracias al seguro de copropiedad.

Nadie está exento de sufrir los efectos de un evento desastroso como un terremoto, temblor, incendio o corto circuito. Y cuando estos fenómenos ocurren en las zonas comunes de un edificio residencial, comercial o mixto, como las porterías, parqueaderos, áreas sociales, escaleras y pasillos, entre otros espacios, la reconstrucción completa estará cubierta por el llamado seguro de copropiedad.

 

De acuerdo con Clara Inés Téllez Quintero, abogada especialista en Derecho Comercial y gerente de Citseguros, esta póliza “tiene como fin garantizar la reconstrucción total de las áreas comunes, cuidando del patrimonio de los copropietarios para que en caso de un evento catastrófico, se pueda reconstruir el bien, evitando el detrimento patrimonial”.

 

Por ley, las zonas comunes de los edificios de vivienda, comerciales o mixtos (locales comerciales y casas en la misma área) que se hayan sometido al régimen de propiedad horizontal deben ser respaldados con el seguro de copropiedad. Este es obligatorio, pues así lo estipula la ley 675 del 2001.

 

Según explica el abogado especialista en seguros y propiedad horizontal, Silvio Agudelo Guevara, “hacen parte de los bienes comunes el lote, la fachada, las lozas que sirven de cubierta, las dotaciones del área social, piscina, sauna, jacuzzi, zonas de recreación, escaleras, pasillos, parqueaderos, ascensores, maquinaria y trasformadores, entre otros. También, cuentan algunas estructuras, paredes, muros, columnas, techos, vigas y cimientos. En ciertos casos puede haber espacios que sean privados y comunes a la vez, como antejardines o balcones”.

 

Por otra parte, los acabados internos de la vivienda, como baños, cocina, divisiones no estructurales, acabados en paredes, pintura e instalaciones eléctricas, se consideran bienes privados, para las que no es obligatorio el seguro.

 

La cobertura que brindan las pólizas de copropiedad son todo riesgo por daño material causado por fenómenos de la naturaleza, ya sea terremoto, temblor, granizo, huracanes, rayos o daños provocados por personas de forma intencional o accidental, como incendio, corto circuito, huelga, actos de terrorismo, rotura de vidrios, impacto de vehículos terrestres o aéreos y/o caída de alguna de sus partes.

 

 

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